|
Mapfre: Información sobre seguros coche de esta compañía aseguradora
Póliza Todo Riesgo 100 . Seguros de coches

Resumen informativo. Para conocer el ámbito, los límites, las exclusiones y las definiciones de asegurado (o cualquier otro término empleado en la redacción) a efecto de cada una de las garantías a continuación definidas, consultar Condiciones Generales de la Póliza.
Para Usted y los Suyos
-
Cobertura de la responsabilidad civil obligatoria. Cubre las lesiones y los daños producidos a terceros por el vehículo asegurado con los límites legales.
-
Responsabilidad civil suplementaria
Cobertura suplementaria de la Responsabilidad Civil de Suscripción Obligatoria ampliada hasta la cuantía de 50.000.000 euros.
-
Responsabilidad Civil por remolques y caravanas y por los objetos transportados en el vehículo
En el caso de turismos de uso particular, se cubre la Responsabilidad civil derivada de los daños producidos a Terceros por remolques y caravanas (en el caso de declararlo en condiciones particulares) y por los objetos transportados en el vehículo asegurado.
-
Responsabilidad Civil del tomador y conductor declarado como ciclista
Cubre la responsabilidad civil de tomador y conductor cuando intervengan como ciclistas (no profesional) en accidente de circulación.
-
Responsabilidad civil del hijo menor de edad conduciendo sin carné
Cubre la responsabilidad civil del hijo menor de edad del tomador, como conductor cuando carezca del correspondiente permiso de conducir.
Esta entidad reprueba la conducción sin carné, y recuerda que la cobertura no se extiende a la sanción de multas.
-
Defensa Jurídica y Reclamación de Daños
Garantiza el pago de los gastos ocasionados para la defensa jurídica del asegurado, en cualquier procedimiento judicial o arbitral derivado de accidente de circulación con el vehículo asegurado, hasta el límite fijado en las Condiciones Particulares:
- Defensa Penal. Asistencia, defensa jurídica, fianzas y gastos judiciales.
- Reclamación de daños y perjuicios ocasionados al vehículo asegurado, y los sufridos por el conductor y lo ocupantes del vehículo.
- Reclamación de daños del tomador en calidad de peatón.
-
Asistencia en viaje (Km. 0)
Servicios y prestaciones para el vehículo y sus ocupantes, con ocasión de accidente, avería o robo, en sus desplazamientos por España y el extranjero.
-
Garantiza el pago de una indemnización como consecuencia de muerte o invalidez permanente del conductor en accidente de circulación con el vehículo asegurado.
- Se duplica la indemnización en el caso de fallecer en el accidente el conductor y su cónyuge, siempre que tengan hijos comunes y menores de edad.
- Se extienden las garantís de muerte e invalidez permanente a los daños corporales sufridos por el tomador/conductor, en calidad de peatón o ciclista no profesional en accidente de circulación.
- Indemnización para adaptar el vehículo.
- Indemnización para adecuar la vivienda.
- Indemnización en caso de precisar ayuda de otra persona.
- Ayuda psico-emocional en caso de grave accidente de tráfico para el conductor o sus familiares en caso de muerte.
- Ayuda psico-emocional al asegurado en caso de robo con intimidación.
- Servicio de asesoramiento para los beneficiarios sobre los trámites administrativos a realizar, en caso de fallecimiento del conductor
Las indemnizaciones se establecen en Condiciones Particulares.
-
Defensa en multas de tráfico
Asesoramiento jurídico al asegurado en relación con las multas de tráfico, así como la preparación, redacción y presentación, en nombre del asegurado, de recursos, pliegos de descargo y alegaciones ante el Organismo competente.
-
Asistencia al automovilista
Cubre la orientación y la información genérica de consultas sobre trámites administrativos y materias legales relacionados con el automóvil y el asesoramiento sobre infracciones de tráfico.
-
Subsidio por privación del permiso de conducir
- Se garantiza el pago de una indemnización al asegurado cuando haya sido privado del permiso de conducir.
- Se garantiza el pago de una indemnización en el caso de realizar cursos de recuperación parcial de puntos, siempre y cuando el resultado del mismo haya sido satisfactorio.
Las indemnizaciones se establecen en Condiciones Particulares.
-
Vehículo de Sustitución / Indemnización por Inmovilización
El asegurado, al contratar el seguro, podrá elegir entre una u otra cobertura.
- Vehículo de sustitución: Se facilitará un vehículo de alquiler equivalente al del grupo del asegurado, hasta el grupo D -según la clasificación de las compañías de alquiler -, durante la inmovilización de éste con motivo de la reparación de los daños sufridos a consecuencia de siniestros garantizados por las siguientes coberturas:
- Daños e Incendio
- Robo
- Préstamo para la reparación del vehículo asegurado
- Indemnización por Inmovilización: Compensación económica (establecida en Condiciones Particulares) en caso de que el vehículo sea inmovilizado para su reparación, como consecuencia de los daños ocasionados por siniestros garantizados por las coberturas de daños, incendio y robo (en caso de recuperación del vehículo). Dicha reparación debe requerir más de 20 horas de mano de obra.
-
Acontecimientos extraordinarios (daños personales)
Indemnización por el Consorcio de Compensación de Seguros por muerte o invalidez permanente del conductor a consecuencia de determinadas catástrofes naturales, terrorismo o actuaciones en tiempos de paz de las Fuerzas Armadas y los Cuerpos de Seguridad del Estado, con los mismos límites de la cobertura del Seguro del Conductor.
Para su Vehículo
-
Cubre los daños que pueda sufrir el vehículo asegurado a consecuencia del incendio.
En caso de pérdida total la indemnización será:
- 1er y 2º año de matriculación: 100% del valor de nuevo
- 3er año de matriculación: 80% del valor de nuevo
- Resto de años: 100% del valor de mercado
Elección entre indemnización o reposición. En caso de pérdida total del vehículo, el asegurado podrá optar por la indemnización o por la reposición del vehículo.
-
Rotura de parabrisas y lunas
Cubre la indemnización por la rotura parcial o total de las lunas del vehículo asegurado.
-
Robo y hurto del vehículo
En caso de pérdida total la indemnización será:
- 1er y 2º año de matriculación: 100% del valor de nuevo
- 3er año de matriculación: 80% del valor de nuevo
- Resto de años: 100% del valor de mercado
Elección entre indemnización o reposición. En caso de pérdida total del vehículo, el asegurado podrá optar por la indemnización o por la reposición del vehículo.
En caso de sustracción de piezas se cubre el 100% del coste.
-
Daños propios del vehículo
Cubre los daños que pueda sufrir el vehículo asegurado a consecuencia del accidente.
En caso de pérdida total la indemnización será:
- 1er y 2º año de matriculación: 100% del valor de nuevo
- 3er año de matriculación: 80% del valor de nuevo
- Resto de años: 100% del valor de mercado
Elección entre indemnización o reposición. En caso de pérdida total del vehículo, el asegurado podrá optar por la indemnización o por la reposición del vehículo.
-
Limpieza del vehículo por traslado de heridos
Se garantiza el pago de los gastos necesarios para la limpieza y acondicionamiento del vehículo asegurado, por los desperfectos ocasionados por el traslado de heridos en el accidente de circulación hasta un centro sanitario.
-
Acontecimientos extraordinarios (daños materiales)
Indemnización por el Consorcio de Compensación de Seguros por los daños que pueda sufrir el vehículo a consecuencia de determinadas catástrofes naturales, terrorismo o actuaciones en tiempos de paz de las Fuerzas Armadas y los Cuerpos de Seguridad del Estado, con los mismos límites de la cobertura de Daños e Incendio y, en caso de tenerla contratada, de Inmovilización del Vehículo Asegurado.
Fuente: mapfre.com
|